Responder a: CONCILIACIÓN EN ASUNTOS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

  • LUIS ALBERTO MORALES HERNANDEZ

    Miembro
    26 de septiembre de 2022 en 4:00 pm
    21 Puntos B10

    Totalmente de acuerdo, pues en las conciliaciones de carácter administrativo en muchos casos se discuten derechos de carácter irrenunciables e indiscutibles así como el interés público , es deber constitucional por parte del juez realizar un control de legalidad pues podría existir un abuso en el mismo, sin que se logre el fin constitucional de justicia material.

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