Tal como lo contempla la ley 1381 del año 2010, «las lenguas nativas constituyen parte integral del patrimonio cultura inmaterial de los pueblos que las hablan», esto les da mayo relevancia a la hora del dialogo, discusión y planificación de sus métodos de preservación. Por lo anterior, cualquier mecanismo que busque su divulgación con fines de conservación se tornan imperativos. Así las cosas, son necesarias las ideas tendientes al fomento de la aplicación formal del precepto legislativo, por lo cual, en el presente comentario se plantea como concepciones para tal fin lo siguiente: divulgación de información tendiente a indicar la importancia de las lenguas nativas en el territorio nacional para la población entera como parte de los estudios sociales en las aulas y universidades; incentivar las investigaciones, trabajos y conocimiento desde el Ministerio de Educación de cara a las universidades para el estudio y divulgación de informaciones tendiente a favorecer el mantenimiento de las lenguas nativas; propender por las garantías de los derechos fundamentales de las personas nativas para así garantizar la supervivencia de las comunidades y sus lenguas; crear canales de divulgación de las lenguas nativas para que los miembros de la culturas hablantes enseñen las mencionadas lenguas a sus descendientes y demás interesados.
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