

ASUNTOS DE DERECHO PÚBLICO
Público Grupo
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Activo hace un año
Este grupo fue creado como material de apoyo para los estudiantes que realizan o están próximos a realizar... Ver más
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Descripción del Grupo
Este grupo fue creado como material de apoyo para los estudiantes que realizan o están próximos a realizar sus estancias académicas y de prácticas en el Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación.
Los estudiantes encontraran material de apoyo para la solución de casos que pertenezcan al área del Derecho Público y de interés jurídico en general.
CONCILIACIÓN EN ASUNTOS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
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CONCILIACIÓN EN ASUNTOS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
LUIS ALBERTO COLINA PAVA respondió hace 2 años, 10 meses 29 Miembros · 29 Respuestas
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21 Puntos B10
me encuentro de acuerdo con la conciliación extrajudicial en asuntos de lo contencioso administrativo, ya que es
un mecanismo de solución de los conflictos entre los particulares y el Estado,
la cual debe, obligatoriamente, adelantarse ante un agente del Ministerio
Público como requisito de procedibilidad, antes de presentar una demanda
de nulidad y restablecimiento, de reparación directa o sobre controversias
contractuales, ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, en asuntos de naturaleza conciliable. -
35 Puntos B10
la finalidad de la conciliación ( evitar desgates en las partes al sistema judicial) resulta especialmente útil cauterizados por longevos, pero así como en le laboral por el desequilibrio entre las parte no se permite entrar a discutir derechos
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21 Puntos B10
Existe la necesidad, el sistema judicial está en un momento transitorio, el cuál busca actualizar y mejorar con el fin de garantizar un razonable uso del derecho fundamental del acceso a la justicia, reducir los tiempos para materializar las sentencia y generar está sensación de justicia en la sociedad, y una de esas mejoras es la implementación de mecanismos alternativos para resolver conflictos en el caso del área derecho administrativo debería ser más relevante y eficaz la aplicación de los medios para resolver las controversias entre particulares y el estado, la ley establece en qué medios de control es obligatorio la conciliación fuera del proceso judicial ante el juez, en este orden de ideas podemos afirmar que es útil aplicar la conciliación en la jurisdicción administrativa así se garantiza los derechos del ciudadano y el patrimonio o erario público.
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35 Puntos B10
creería que por la naturaleza de la administración, no es provechoso para el bienestar general, asumir que en una conciliación se corresponde a las responsabilidades.
Una instancia mas, aparte de la revisión por parte del juez, seria necesaria; o al menos una obligatoriedad de corrección sobre actos que lesionaron y fueron causantes de responsabilidad del Estado.
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