Dentro de la ley 2220 del 2022 o Estatuto de Conciliación, se explica el concepto de conciliación, como un mecanismo de resolución de conflictos a través del cual dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado denominado conciliador, quien, además de proponer fórmulas de arreglo, da fe de la decisión de acuerdo, la cual es obligatoria y definitiva para las partes que concilian.
Ahora bien esta debe regirse con base a unos principios como lo son:

Adicionalmente los conciliadores deben tener en cuenta:
Por último en los trámites conciliatorios que se solicitan de manera virtual, debemos tener claro el marco histórico jurídico, sobre el cual se sustentan, las ventajas que se derivan de esta, pero también los desafíos en lo social, tecnológico, bajo los lineamientos de que la justicia si es tardía, no es justicia; El debido proceso, y un acuerdo justo.
Comentarios
Los principios en la audiencia de conciliación virtual son sumamente importante, teniendo en cuenta que nos encontramos ante una situación que requiere un manejo cuidadoso y de forma eficaz, frente a los principios que considero que todos son sumamente importantes, teniendo en cuenta, que todos permiten que se desarrolle idóneamente la audiencia, en este orden de ideas, si bien los principios son los mismo tanto en la audiencia presencial como en la virtual, específicamente en los que atañe la conciliación virtual considero que en este orden de importancia serían:
1. Disponibilidad.
2. Autenticidad.
3. Neutralidad tecnológica.
4. Integridad.
5. Interoperabilidad
Para la correcta realización de la audiencia de conciliación virtual, los principios son parte fundamental, ya que rigen el curso de lo que es la audiencia de conciliación y demarca sus alcances y funciones, en cuanto mi criterio de importancia de dichos principios, seria el siguiente:
-Acceso a la justicia
-neutralidad e imparcialidad
-Celeridad
-autocomposición
-confidencialidad
-economía
-informalidad
-seguridad jurídica
-Buena fe
-transitoriedad de administrar justicia
-independencia del conciliador
Según mi criterio, los principios de la conciliación virtual se organizan en el siguiente orden en razón a su mayor o menor importancia.
– Autocomposición
– Independencia del conciliador
– Confidencialidad
– Acceso a la justicia
– Buena fe
– Neutralidad e imparcialidad
– Economía
– Seguridad jurídica
– Transitoriedad en administrar justicia
– Celeridad
– Informalidad
La conciliación virtual facilita el acceso a la justicia al permitir que las personas resuelvan sus conflictos de manera rápida y económica sin necesidad de trasladarse y los principios crean un marco ético y normativo que protege los derechos de las partes y fortalece la transparencia del proceso, según mi punto de vista considero que en orden de prioridades los principios de organizan de la siguiente manera:
-Acceso a la justicia.
-Autocomposición: puesto que se trata de un acuerdo de voluntades, si las personas no proponen alternativas de solución de conflictos la conciliación no se puede llevar a cabo de una forma efectiva.
-Buena fe: este principio se trata de confianza entre ambas partes esto hace que se pueda generar un acuerdo creyendo en que la otra persona lo va a cumplir, dado que se está obligando a sí misma.
-Neutralidad: atendiendo a que el conciliador es una persona que no puede estar del lado de nadie, editando el favoritismo y la justicia dentro de la audiencia de conciliación.
-Confidencialidad: siento que esto es uno de los más importantes, porque permite que las personas se expresen libremente sin temor a represalias más adelante.
-Celeridad:
-Seguridad jurídica
-Independencia
-Administración de justicia
-Economía
– Informalidad
La conciliación virtual facilita el acceso a la justicia al permitir que las personas resuelvan sus conflictos de manera rápida y económica sin necesidad de trasladarse y los principios crean un marco ético y normativo que protege los derechos de las partes y fortalece la transparencia del proceso.
Esto es especialmente relevante en la virtualidad, donde la distancia física puede generar desconfianza. Aplicar estos principios asegura que ambas partes se sientan seguras de la integridad del proceso, facilitando así la resolución pacífica y efectiva de los conflictos.