La conciliación Virtual en los centros de Conciliación

  • RANDY ALFONSO BOLA�O MEDINA

    Miembro
    23 de mayo de 2024 en 9:19 am
    15 Puntos B10

    las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) se ha convertido en una herramienta ampliamente usada en el desarrollo de los procesos jurídicos, especialmente para las audiencias de mecanismos de solución alternativos de conflicto, que son dicho sea de paso, son aquellos conflictos donde las implicaciones emocionales tienen un gran carga de parte tanto de quien convoca como también quien es convocado y aquí en este sentido por lo menos para mi este tipo de herramientas cobran una importancia mayúscula pues nos brindan muchos aspectos positivos que nos ayudan a terminar el procesos de manera satisfactoria, en la mayoría de los casos, pues se exhorta el animo conciliatorio siempre de parte del conciliador.

    las bondades tales como la celeridad en los procesos, así también como los bajos costos tienen un efecto positivo en las personas que buscan dar solución a las controversias que los han llevando hasta el conciliador, por otro lado y no menos importante el que este tipo de audiencias de manera virtual permite que las partes estén en la audiencia desde un sitio escogido por ellos en los cuales se sientan cómodos y seguros, esto genera la tranquilidad necesaria y fundamental para tratar de llegar al cierre del conflicto que es lo que se desea.

    esto no quiere decir que en este tipo de audiencias se genere un ambiente impersonal, por el contrario la diligencia esta pensada para darle a cada quien su espacio y bajo la dirección del conciliador poder en la medida de lo posible generar un espacio de entendimiento en el que no se sientan vulnerados en sus derechos.

  • NAYARITH MARCELA RIA�O CASTA�EDA

    Miembro
    23 de mayo de 2024 en 9:59 am
    181 Puntos B10

    Las tecnologías de la información y comunicaciones (TIC) son fundamentales en los procesos jurídicos, especialmente en las audiencias virtuales para resolver conflictos emocionales. Estas herramientas ofrecen beneficios como rapidez, costos reducidos y la posibilidad de participar desde cualquier lugar seguro, lo que facilita la conciliación. La Ley 2220 de 2020 regula las conciliaciones virtuales, exigiendo neutralidad tecnológica y autenticidad de la información, promoviendo la rapidez y el acceso a la justicia.

    Ventajas de las audiencias virtuales: Acceso desde cualquier lugar del país, Reducción de la congestión judicial, Mayor acceso a la justicia sin necesidad de desplazamiento, Reducción de tiempos y costos,Inclusión de personas con discapacidad.

    y Las desventajas: Dificultad para quienes no dominan las TIC, Acceso limitado por falta de recursos económicos, Dificultad en interpretar el lenguaje corporal y emociones,Resistencia de algunos grupos, como adultos mayores, a usar tecnología.

    En resumen, las audiencias virtuales mejoran la eficiencia y accesibilidad de la justicia, aunque enfrentan desafíos relacionados con la brecha digital y la capacitación tecnológica.

  • JASMIN ANDREA MONTEJO LOPEZ

    Miembro
    23 de mayo de 2024 en 2:48 pm
    10 Puntos B10

    La aplicación de los principios de la conciliación contribuye a la eficiencia del sistema judicial colombiano. Al resolver conflictos de manera más rápida y menos formal, se reduce la carga de casos en los tribunales, permitiendo que los jueces se enfoquen en asuntos que realmente requieren. La conciliación es una herramienta que promueve el acceso a la justicia, especialmente para aquellos que no pueden costear un proceso judicial prolongado. Permite a las partes resolver sus diferencias de manera accesible y económica.<div>La confidencialidad es crucial en la conciliación, y es uno de los principios. Ya que permite a las partes discutir libremente sus problemas sin temor a que sus declaraciones sean utilizadas en su contra en un proceso judicial posterior. Esto fomenta un ambiente de confianza y apertura, esencial para la resolución efectiva de conflictos.</div><div>La voluntariedad asegura que las partes participen de manera libre y sin coerción. Este principio es vital para que los acuerdos alcanzados sean genuinos y sostenibles a largo plazo. Un acuerdo voluntario es más probable que sea respetado y cumplido por ambas partes. Los principios permiten que el conciliador promueva soluciones que sean justas y equilibradas, tomando en cuenta las circunstancias particulares de cada caso. Esto es especialmente importante en situaciones donde una parte pueda estar en desventaja respecto a la otra.</div><div>
    </div>

  • CALIXTO LI�AN FELIPE

    Miembro
    23 de mayo de 2024 en 4:47 pm
    26 Puntos B10

    VENTAJAS Y DESVENTAJAS DE LAS AUDIENCIAS VIRTUALES.

    A mi juicio, la implementación de audiencias virtuales extrajudiciales presenta ventajas, pero a la vez desventajas. Estos dos flancos (Ventaja – Desventaja) podrían presentarse, uno u otro, o los dos al tiempo, en las audiencias. Pero ello dependerá de múltiples factores, como por ejemplo: El nivel educativo de las partes en conflicto, las obligaciones que estén en disputa, la distancia entre las partes, el nivel de rechazo o de aceptación que se tengan las partes, el manejo y la experticia del conciliador; entre otros.

    En términos generales puedo opinar que las audiencias presentan las siguientes ventajas y desventajas.

    VENTAJAS:

    Ahorro de tiempo.

    Ahorro de dinero.

    Diligencia en el procedimiento.

    Facilita la gestión documental.

    Es una novedosa forma de agilizar la justicia.

    DESVENTAJAS:

    Le disminuye al conciliador la posibilidad de “Romper el hielo” e iniciar una sesión más amable.

    El conciliador no puede sentir, palpar las emociones de las partes, tal como se lo permite la presencialidad.

    Se disminuye la posibilidad de expresarse con sinceridad entre las partes, al no tener la cercanía del otro, ni la posibilidad de mirarlo a los ojos.

    Puede haber distracciones de parte de las partes, al no hallarse en un sitio adecuado, por ejemplo, conectarse desde su casa o en un café internet.

    Puede que las partes no le den la misma importancia a la audiencia al no verse necesitados de disponerse mentalmente y desplazarse hacia un sitio revestido de protocolo y de legalidad. Ese es un proceso de adaptación que se minimiza con la virtualidad.

    Es casi nula la posibilidad de que las personas, más allá de lograrse un acuerdo, terminen haciendo las paces. No es lo mismo pedir disculpas a distancia, que sentir un estrechón de manos.

    Nunca se tendrá la certeza de que las partes
    están realmente solas participando y decidiendo autónomamente en la audiencia.

    __________________

    Calixto Liñán Felipe.

  • RAFAEL JUNIOR PAREJA REYES

    Miembro
    23 de mayo de 2024 en 5:45 pm
    131 Puntos B10

    Ventajas de las audiencias virtuales extrajudiciales para la cultura de paz:

    1. Mayor acceso a la justicia: Las audiencias virtuales pueden eliminar las barreras geográficas y económicas que impiden que las personas accedan a la justicia tradicional. Esto es particularmente importante para las personas en zonas rurales, personas con discapacidades y personas de bajos ingresos.

    2. Mayor eficiencia y rapidez: Las audiencias virtuales pueden ser más eficientes y rápidas que las audiencias presenciales, ya que no requieren que las partes viajen a un tribunal. Esto puede ahorrar tiempo y dinero, y puede ayudar a resolver los casos de manera más rápida.

    3. Reducción de la tensión y el conflicto: Las audiencias virtuales pueden ayudar a reducir la tensión y el conflicto entre las partes, ya que las partes no están cara a cara. Esto puede crear un entorno más propicio para la resolución de conflictos.

    4. Mayor flexibilidad: Las audiencias virtuales pueden ser más flexibles que las audiencias presenciales, ya que se pueden programar en horarios que sean convenientes para las partes. Esto puede ser particularmente útil para las personas que tienen dificultades para tomarse tiempo libre del trabajo o la escuela.

    5. Mayor participación: Las audiencias virtuales pueden aumentar la participación en los procesos de resolución de conflictos, ya que las personas pueden participar desde cualquier lugar con una conexión a internet. Esto puede ayudar a garantizar que todas las voces sean escuchadas.

    Desventajas de las audiencias virtuales extrajudiciales para la cultura de paz:

    1. Falta de acceso a la tecnología: Algunas personas pueden no tener acceso a la tecnología o las habilidades necesarias para participar en audiencias virtuales. Esto puede excluir a las personas de los procesos de resolución de conflictos.

    2. Preocupaciones de privacidad y seguridad: Existen preocupaciones sobre la privacidad y la seguridad de las audiencias virtuales. Es importante garantizar que toda la información confidencial esté protegida.

    3. Dificultades para la interpretación del lenguaje corporal: Puede ser difícil interpretar el lenguaje corporal y las señales no verbales en las audiencias virtuales. Esto puede dificultar la comunicación efectiva entre las partes.

    4. Falta de contacto personal: Las audiencias virtuales pueden carecer del contacto personal que puede ser importante para la resolución de conflictos. Las personas pueden sentirse más conectadas entre sí y con el conciliador en una audiencia presencial.

    5. Posibilidad de abuso: Existe la posibilidad de que las audiencias virtuales sean abusadas por las partes, como por ejemplo, si una parte interrumpe constantemente a la otra o si una parte hace amenazas. Es importante contar con salvaguardas para evitar el abuso.

    En general, las audiencias virtuales extrajudiciales tienen el potencial de fortalecer la cultura de paz al proporcionar un acceso más amplio a la justicia, hacer que los procesos de resolución de conflictos sean más eficientes y efectivos, y reducir la tensión y el conflicto. Sin embargo, es importante ser consciente de las desventajas potenciales y tomar medidas para abordarlas.

    Es importante tener en cuenta que estas son solo algunas de las ventajas y desventajas potenciales de las audiencias virtuales extrajudiciales. El impacto real de estas audiencias en la cultura de paz dependerá de cómo se implementen y utilicen.

    rafael junior pareja reyes

    cod: 2018243052

  • SOFIA IBETH GARCIA GOMEZ

    Miembro
    23 de mayo de 2024 en 5:53 pm
    136 Puntos B10

    sofia ibeth garcia gomez

    cod: 2018243053

  • Mayor acceso a la justicia: Permite que personas de zonas remotas o con movilidad reducida participen en procesos de conciliación sin desplazarse.
  • Eficiencia y celeridad: Reduce tiempos y costos asociados a traslados y logística, agilizando la resolución de conflictos.
  • Flexibilidad: Facilita la conciliación en horarios y desde lugares convenientes para las partes.
  • Neutralidad del entorno: Puede reducir las tensiones y generar un ambiente más propicio para el diálogo y la búsqueda de acuerdos.
  • Promoción del diálogo y la escucha activa: Las herramientas virtuales permiten la comunicación clara y la observación de lenguaje no verbal, facilitando la comprensión entre las partes.
  • Desventajas de las audiencias virtuales extrajudiciales para la cultura de paz:

  • Brecha digital: Personas sin acceso a internet o con dificultades tecnológicas podrían quedar excluidas.
  • Dificultades para la interpretación del lenguaje no verbal: La falta de contacto físico puede dificultar la lectura de emociones y la construcción de confianza.
  • Impersonalidad: El entorno virtual puede generar frialdad y dificultar la empatía entre las partes.
  • Problemas de seguridad y confidencialidad: Fallos técnicos o hackeos podrían exponer información sensible.
  • Requiere capacitación: Tanto para las partes como para los conciliadores, en el manejo de las herramientas tecnológicas y la dinámica de las audiencias virtuales.
  • MARIA DEL PILAR DAZA GARZON

    Miembro
    23 de mayo de 2024 en 10:03 pm
    33 Puntos B10

    Las audiencias de conciliación virtuales extrajudiciales pueden tener un impacto positivo en la vida de las personas, pero también existen ciertas desventajas al realizarlas de esta manera.

    Ventajas

    - Ahorro de tiempo y costos: No es necesario que las personas se desplacen hasta los centros de conciliación. Desde la comodidad de su hogar, pueden conectarse si tienen una buena conexión a internet, ahorrando así tiempo y dinero.

    - Procesos más rápidos: Al realizar estas audiencias virtuales, las partes pueden discutir menos y la audiencia puede llevarse a cabo de manera más rápida.

    - Mayor participación: Las audiencias virtuales pueden fomentar una mayor participación activa. Para las personas con discapacidades físicas que tienen dificultades para movilizarse hasta los centros de conciliación, esta alternativa les permite participar de manera adecuada en las conciliaciones.

    Desventajas

    - Desigualdad: Así como hay personas que tienen internet en sus casas, hay otras que no. Además, muchas personas no saben manejar dispositivos electrónicos, lo que dificulta la realización de las audiencias virtuales.

    - Ataques cibernéticos: Al realizar estas audiencias virtuales, siempre existe el riesgo de sufrir ataques cibernéticos, donde los datos de las partes pueden quedar expuestos, así como todo lo tratado en la audiencia.

    - Problemas técnicos: Pueden surgir situaciones en las que el conciliador no logre abrir la sala virtual para realizar la audiencia de conciliación porque la plataforma que utiliza no está funcionando, o debido a problemas como la falta de electricidad.

    En resumen, aunque las audiencias de conciliación virtuales extrajudiciales ofrecen ventajas significativas como el ahorro de tiempo y costos, procesos más rápidos y mayor participación, también presentan desafíos importantes relacionados con la desigualdad en el acceso a la tecnología, riesgos de seguridad y problemas técnicos.

  • JESUS DAVID ALMENDRALES NU�EZ

    Miembro
    24 de mayo de 2024 en 12:39 am
    14 Puntos B10

    VENTAJAS Y DESVENTAJAS.

    La conciliación extrajudicial virtual es un mecanismo de resolución de conflictos eficiente, brinda muchas ventajas que permiten que este mecanismo jurídico sea muy frecuentado.

    Una de las principales ventajas de la conciliación virtual es que permite a personas que no tienen la facilidad de dirigirse a los centros de conciliación, la alternativa de solucionar sus problemas desde la comodidad de su hogar, lo cual, por otro lado, produce seguridad en las partes, toda vez que no hay la posibilidad de presentarse agresiones físicas, de igual manera esta modalidad de la conciliación, evita el desgaste material y económico de trasladarse de un lugar hacia otro para poder realizar las audiencias, aunado a ello, representan una mayor confianza para las partes, ya que no están sometidas a la figura imponente de un juez, sino que se sienten más en confianza.

    Aunque hayan muchas ventajas, es menester mencionar las desventajas que se presentan en este mecanismo de resolución de conflictos, y una de ellas es causado por un factor externo al de las partes, y es el fluido eléctrico, para nadie es un secreto que los colombianos contamos con un servicio de electricidad pésimo, que se caracteriza por ser de muy mala calidad, y ello, al momento del desarrollo de una audiencia virtual, representa en muchas ocasiones la suspensión de dicha audiencia, sumado a ello, la poca familiaridad que se tiene respecto al uso de las herramientas informáticas, hace que la virtualidad sea un campo difícil de transitar para muchas personas, una desventaja que influye mucho no en el desarrollo de la audiencia, sino en la recepción por parte del conciliador respecto a las expresiones corporales de las partes, ya que se pierde esa inmediatez material.

    En resumidas cuentas, la conciliación virtual tiene muchas ventajas, pero también desventajas, sin embargo, eso no evita que en su mayoría, se logre el resultado apropiado.

    Jesús David Almendrales Núñez 2019143018

  • ANDRES FELIPE CASTRO MORA

    Miembro
    24 de mayo de 2024 en 1:52 am
    20 Puntos B10

    las ventajas que se pueden brindar en la implementación de las audiencias virtuales extrajudiciales o de conciliación en derecho, para el fortalecimiento de la cultura de paz en la sociedad pueden ser:

    la accesibilidad a la justicia: ya que se eliminan las barreras geográficas y económicas, facilitando el acceso a la justicia, especialmente beneficioso para personas en zonas rurales.

    La eficiencia y Oportunidad: Las audiencias virtuales extrajudiciales, al operar virtualmente, invocan eficiencia, oportunidad y continuidad, propiciando una cultura de paz y garantizando la administración de justicia a la ciudadanía sin interrupción.

    Rapidez: esta es una de las principales ventajas de la audiencia virtual extrajudicial es la resolución rápida y económica de los conflictos, permitiendo a las partes llegar a acuerdos de manera ágil ya través del diálogo, lo que contribuye al fortalecimiento de la cultura de paz en

    Flexibilidad y Economía: La audiencia virtual extrajudicial ofrece ventajas como economía, rapidez y flexibilidad, lo que contribuye a la solución dialogada de conflictos jurídicos, promoviendo así la cultura de paz, permiten programar audiencias en horarios convenientes y participar desde cualquier lugar con acceso a internet.

    Descongestión de Tribunales: Fortalecer el trámite de la conciliación como mecanismo para descongestionar los tribunales civiles de justicia puede ser beneficioso, ya que reduciría el número de causas en el tribunal, permitiendo más tiempo para preparar las audiencias de manera adecuada.

    Reducción del estrés y hostilidad: Al no ser cara a cara, pueden reducir la tensión y conflicto entre las partes.

    Por otra parte, las desventajas de las audiencias virtuales extrajudiciales pueden ser:

    Falta de Cultura de Acuerdos: Se ha identificado una falta de cultura de acuerdos tanto por parte de los operadores jurídicos como de la sociedad en general, lo que puede representar un obstáculo para la implementación efectiva de la conciliación virtual.

    Inasistencia a Audiencias: La inasistencia a la audiencia virtual extrajudicial puede ser considerada como un indicio grave en contra de las pretensiones de las partes, lo que podría generar conflictos adicionales en un eventual proceso judicial, aunque este factor lo podemos encontrar fácilmente incluso en las audiencias presenciales extrajudiciales.

    Dificultad de empatía y comunicación: La falta de lenguaje corporal en las audiencias virtuales puede dificultar la empatía y la creación de un ambiente propicio para la conciliación.

    Andrés Felipe Castro Mora. Código 2020143236

  • DARY LUZ CUELLO RUIZ

    Miembro
    24 de mayo de 2024 en 6:52 am
    34 Puntos B10

    La implementación de las tecnologías en la solución de conflictos ha traído impactos positivos en el área de la conciliación, precisamente, porque permite:

    Mayor cobertura territorial: si bien la conciliación es un servicio al que puede acceder toda la sociedad, lo cierto es que en todos los municipios no se cuenta con centros de conciliación. De modo que, la virtualidad acaba con esas barreras y permite un escenario para la celebración de esta.

    Accesibilidad: se pude acceder de manera fácil y sencilla. Los tramites son más rápidos y eficiente en la medida en que sus costos son también más bajos. Ni si quiera es necesario que las partes inviertan en gastos de transporte.

    Desventajas

    El contacto con las partes que permite la conciliación presencial ayuda al conciliador a analizar a las partes y aplicar distintas técnicas aprendidas en su experiencia que buscan un buen desenvolvimiento del proceso comunicativo. Practica que de una u otra forma es mas compleja aplicarla en una conciliación virtual.

    Asimismo, existen aún poblaciones en el territorio nacional que aún no cuenta con conectividad a internet, como también, personas que son reticentes con el uso de las nuevas tecnologías.

    Otra de las desventajas, es respecto a las garantías del principio de confidencialidad, pues a pesar de que el centro de conciliación tome medidas para que estas se mantengan en una esfera privada, no es posible tener total control de lo que ocurre detrás de las pantallas de las partes

  • LIZETH PAOLA OSUNA SILVA

    Miembro
    24 de mayo de 2024 en 9:51 am
    11 Puntos B10

    Ante la emergencia derivada de la Covid-19, la Personería de Bogotá implementó el servicio de audiencias de conciliación de manera virtual con el fin de atender las solicitudes, que se recibieron de manera presencial y las que llegaron, a partir de aislamiento obligatorio derivado de la pandemia.

    Realizadas dichas audiencias virtuales, se puede decir q la ventaja mas importante es que se pueden pedir copias y constancias de los acuerdos o decisiones tomadas en las audiencias. Con ellas no sólo se evitan cuantiosos gastos, tiempo y demora a los interesados, sino que se logra disminuir la congestión de procesos que tramita la rama judicial con los acuerdos alcanzados.

    El Ministerio Público Distrital estableció expedientes virtuales para facilitar los trámites y adoptar todas las medidas de seguridad digital, encaminadas a garantizar la autenticidad y rigurosidad de la información.

    Además, los acuerdos establecidos a través de las audiencias virtuales se perfeccionarán por medios electrónicos y el abogado conciliador suscribe un acta certificando los compromisos acordados.

  • ESNEIDER YUSSETH GUERRA PEÑA

    Miembro
    24 de mayo de 2024 en 10:23 am
    21 Puntos B10

    Ventajas de las audiencias virtuales extrajudiciales para el fortalecimiento de la cultura de paz en la sociedad:

    Ventajas

    · La primera ventaja podría decirse que es el cambio de mentalidad que ahora hace parte del escenario de la justicia; las actuaciones dejaron de ser presenciales, y podría decirse que ahora la virtualidad es la regla general y no la excepción.

    · Flexibilidad a la gestión de los casos.

    · Posibilidad de realizar las audiencias sin la necesidad de salir de casa.

    · Permite una administración de Justicia más ágil y eficiente.

    · Permite el ahorro de tiempo y dinero.

    · Permite o facilita el dialogo entre las partes con mayor eficiencia.

    Desventajas

    · dentro de las desventajas es que no se pudieron entregar las pruebas documentales físicamente;

    · dificultad del ingreso a las plataformas por problemas de red

    · dificultad al acceso del equipo y tecnología necesarios, o tecnología poco fiable, que impide la participación efectiva en las audiencias en línea, en particular para determinados grupos

    · Dificultades para verificar la identidad de las partes en el proceso y de los testigos

    · Dificultades impedir que los testigos u otras partes se vean influidos o reciban instrucciones de terceros.

  • MARIA FERNANDA CADENA ALVAREZ

    Miembro
    24 de mayo de 2024 en 10:53 am
    17 Puntos B10

    La implementación de audiencias virtuales extrajudiciales puede significar un cambio importante para la conciliación como mecanismo de solución de conflictos, pues la característica principal del uso de las tecnologías es que esta amplia la cobertura y facilita los procesos, por lo que esto significaría un mayor acceso de personas a este mecanismo extrajudicial y por lo tanto un cambio en la idea que tiene la sociedad de optar en primer lugar por un proceso judicial, en lugar de acudir a una conciliación donde finalmente ambas partes llegan a un acuerdo para satisfacer sus intereses y quedar en buenos términos.

    Ahora bien, el uso de las TIC puede tener tano ventajas, como desventajas. A continuación se analizan estos aspectos:

    VENTAJAS

    1. Acceso Inclusivo: Permite la participación de personas que viven en áreas remotas o con dificultades de transporte, además, de facilitar la participación de personas con discapacidades o limitaciones físicas que podrían encontrar difícil asistir a audiencias presenciales.

    2. Reducción de Tiempos: Las audiencias virtuales pueden programarse y llevarse a cabo más rápidamente que las presenciales, acelerando la resolución de conflictos y reduciendo el tiempo de espera para las partes involucradas.

    3.otra ventaja, es la reducción de los costos asociados con el desplazamiento y la logística de organizar audiencias presenciales, tanto para los participantes como para las instituciones.

    4. Horarios Flexibles: Facilita la programación en horarios que sean convenientes para todas las partes, ayudando a reducir las tensiones y aumentar la disposición para resolver conflictos de manera pacífica.

    5. Menos Intimidación: La opción de participar desde un entorno familiar puede reducir la ansiedad y la intimidación que algunas personas sienten en entornos judiciales formales, promoviendo una comunicación más abierta y honesta.

    6. Registro Electrónico de las audiencias : Facilita la grabación y el almacenamiento de las audiencias, lo que puede mejorar la transparencia y la rendición de cuentas en los procesos de resolución de conflictos.

    DESVENTAJAS

    1. Desigualdad de Acceso: teniendo en cuenta que Colombia no es un país donde todas las personas tienen acceso a la tecnología necesaria o a una conexión a Internet de calidad, lo que podría excluir a algunos individuos y comunidades, generando desigualdad. Por otro lado, también existe la falta de habilidades digitales en algunas personas puede dificultar su participación efectiva en audiencias virtuales.

    2. Riesgos de Seguridad y Privacidad: Las audiencias virtuales pueden ser vulnerables a problemas de seguridad cibernética, como hackeos o brechas de datos, que podrían comprometer la confidencialidad de los procesos.Es más difícil asegurar un entorno privado y seguro para todas las partes involucradas cuando las audiencias se realizan en línea.

    3. Falta de Contacto Personal: La ausencia de interacción cara a cara puede reducir la empatía y la comprensión mutua entre las partes, lo que puede ser crucial para la resolución pacífica de conflictos.

    4. Fallas Tecnológicas: Problemas técnicos como fallos de conexión, mal funcionamiento del software o hardware pueden interrumpir las audiencias y causar frustración, dificultando el proceso de resolución de conflictos.

    En conclusión, las audiencias virtuales extrajudiciales pueden fortalecer la cultura de paz al hacer los procesos de resolución de conflictos más accesibles, eficientes y convenientes. Sin embargo, es esencial abordar las desventajas, especialmente la brecha digital y los desafíos de seguridad y privacidad, para asegurar que estos mecanismos beneficien a toda la sociedad de manera equitativa.

  • JHONNER ANDRES GORDO CARDENAS

    Miembro
    24 de mayo de 2024 en 1:04 pm
    30 Puntos B10

    Ventajas de las audiencias virtuales extrajudiciales para el fortalecimiento de la cultura de paz en la sociedad:

    1. Un ahorro para aquellas personas vulnerables o de bajos recursos que no pueden trasportarse a los centros de conciliación.

    2. se da una celeridad procesal mas efectiva, ya que en cualquier momento desde cualquier lugar se puede llevar acabo la audiencia.

    3. las audiencias virtuales ayudan a tener un mayor control del respeto y a manejar las tensiones, que normalmente se dan en audiencias presenciales.

    4. Economía, ya que por medios digitales se envían los documentos pertinentes, o las notificaciones del proceso , se comprende un ahorro para los centros de conciliación y de esta misma forma una ayuda a el no gasto de papel excesivo, contribuyendo a el medio ambiente.

    Ahora bien como todo lo bueno nunca puede ser completamente bueno, se encentran las siguientes DESVENTAJAS:

    1. Aunque este genera un ahorro para las partes, esta registrado que el 38.4% de la población colombiana no tiene acceso a internet, lo cual dificulta que todo proceso pueda llevarse de manera virtual.

    2. la perdida de la cercanía entre el conciliador y las partes, puede llegar a dar una sensación de no entendimiento, ya sea por parte de las partes o por parte del conciliador.

    3. Si hablamos de los centros de conciliación en la costa colombiana podemos evidenciar una desventaja y es que aunque se puedan llevar los procesos virtuales, en muchas ocasiones en la región se suspende el servició de energía, lo cual dificulta que el proceso sea llevado acabo, por fallas que presencialmente no afectarían el proceso.

    4. Y una de las mayore desventajas que podemos evidenciar por medios virtuales, es que no todas las personas tienen un dispositivo a el cual conectarse o si quiera ser notificado de la audiencia, y se podría producir una desventaja clara si en el proceso una de las partes no sabe si quiera usar un dispositivo móvil o un computador, logrando así quizás a sentirse discriminado o no beneficiado del proceso.

  • CARLOS ANDRES GOMEZ YUSEFF

    Miembro
    24 de mayo de 2024 en 1:20 pm
    10 Puntos B10

    Ventajas :

    A.Comodidad y accesibilidad:

    La implementación de las audiencias de conciliación virtuales permite que los usuarios asistan cómodamente desde sus hogares, sin necesidad de desplazarse. Esto puede influir positivamente en la predisposición de las partes para llegar a acuerdos.

    B. Reducción de gastos de logística:

    En los procedimientos de conciliación presenciales, es común imprimir documentos para anexarlos a las actas o constancias. Tener la posibilidad de cargar estos documentos a un expediente digital genera un ahorro considerable en costos de impresión y logística a largo plazo.

    C. Una mayor seguridad y transparencia:

    Al estar grabadas las sesiones, es más fácil realizar un control de legalidad sobre las actuaciones de la audiencia. Ejemplo : el desempeño del conciliador.

    Desventajas:

    A. La Despersonalización del proceso:

    En audiencias remotas, el conciliador puede tener más dificultades para ayudar a las partes a enfocarse en la idea central del debate si se presentan momentos de hostilidad. La falta de contacto humano directo puede dificultar la concientización y apoyo a los intereses de las partes.

    B. Accesibilidad y calidad de las redes: Es común que, en muchas ocasiones, una o ambas partes pueden tener un acceso a internet deficiente. Esto puede provocar que no puedan atender adecuadamente la audiencia debido a problemas de conexión.

    C. Una mayor necesidad de establecer medidas de seguridad: Con el aumento de los delitos informáticos, es necesario que los centros de conciliación inviertan en plataformas y mecanismos de seguridad para proteger el desarrollo de las audiencias y los expedientes digitalizados, evitando ser víctimas de delitos informáticos.

    Carlos Andrés Gómez Yuseff

    C.E. 2019143057

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