Una de las experiencias laborales que ofrece el amplio mundo del derecho, es la que se puede desarrollar dentro de la justicia penal militar, para mi fueron tres años de crecimiento personal y profesional, tuve que estudiar normas que poco o nada se vieron en el pregrado, abriendo mi mente y mis sentidos a una puerta mas del mundo jurídico del cual nunca terminamos de aprender, y del que siempre seremos estudiantes.

En la justicia penal militar no sólo se debe manejar las normativas, también se debe aprender como manejarse en medio del lenguaje de funcionarios de la policía y del ejército nacional, cada uno bajo una misma ley pero con perspectivas diferentes de lo que les corresponde como agentes del estado.  En principio la ley en la que desarrollé mi ejercicio fue la Ley 522 de 1999, aunque para el 2016 ya estaba en vigor la Ley 1407 de 2010, la cual, derogaba la 522, pero si los procesos iniciaban en la 522, con esa misma norma debían culminar. 

El sistema con la Ley 522 del 99 es meramente escritural, es decir, todo tramite en medio del proceso se inicia y desarrolla por medio de documentos o memoriales, como le decimos los abogados, inclusive, había que enviar un memorial indicando que ya uno se encontraba notificado o en palabras castas, ya uno sabía de algún tipo de decisión en el caso en cuestión.

En la práctica real para acudir a los juzgados requiriendo algún trámite, debía imprimirse en tres copias lo que uno pedía, uno para el archivo, uno para el expediente principal y uno para el recibido, el cual, servía como prueba de lo que se solicitó, aun cuando se le perdía el documento al despacho, destacándose que aun sin tener un sistema web básico como hay en los juzgados ordinarios, mantenían el orden con libros y planillas, a la vieja usanza, lo cual, para las nuevas generaciones sería bastante instructivo ver como se las arreglaban antes de los computadores para la organización de expedientes, inclusive, en uno en el cual llevé un caso, distinguían los procesos por el color de las cintas con las cuales amarraban los libelos.

Haciendo referencia a los momentos procesales, de los mas importantes y que disfruté en la tarea de la representación jurídica siempre fueron las inspecciones judiciales y los alegatos precalificatorios, en los primeros porque al ejercer en Bogotá, pude conocer muchos sitios, zonas muy vulnerables donde se muestra la cara de la pobreza en la capital, barrios y localidades de un manejo difícil del orden público; en cuanto a los alegatos, se puede decir que es el momento culminante del proceso, es cuando en tu actuación como defensa recopilas todos los elementos del caso, controvirtiendo los que perjudican a tu prohijado y reforzando los que te acerquen a una absolución o en términos de penal militar, una cesación de procedimiento, desplegando un análisis profundo de los hechos, las pruebas y las normas, todo dirigido a la victoria en tu mandato.

Ya para concluir, desearía que cada abogado joven pudiera vivir esta enriquecedora experiencia, espero que se de otra oportunidad para hablar del fuero militar, delitos relacionados y los que no lo están con el servicio, o ejercicio de las funciones militares o policiales, para compartir el conocimiento y el valor de permitirse ampliar los horizontes de trabajo como abogados.

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