No basta con “tratar igual”: cuando la justicia ignora el género, también discrimina

Hay una escena en la película “Una mujer fantástica” que resulta difícil de olvidar: Marina, la protagonista, está en una comisaría. No ha cometido ningún delito, pero es tratada como sospechosa. La observan, la interrogan, la despojan simbólicamente de su dignidad. No es lo que ha hecho lo que está en juicio, sino lo que es. Su identidad se convierte en motivo de duda, de desconfianza, de violencia.

Esa escena no ocurre en un juzgado, pero podría ocurrir perfectamente allí. Y plantea una pregunta incómoda: ¿Qué pasa cuando quienes deben impartir justicia creen que están siendo “imparciales”, pero en realidad están juzgando desde prejuicios?

Durante mucho tiempo, el derecho ha sostenido que la justicia consiste en tratar a todas las personas por igual. Sin embargo, como explica la teoría de la perspectiva de género —trabajada por autoras como Gimeno Presa—, esta idea de igualdad formal puede ser profundamente insuficiente.

No es lo mismo creer en la igualdad que juzgar con perspectiva de género.

Creer en la igualdad implica aplicar las mismas reglas a todas las personas, sin distinción. Pero juzgar con perspectiva de género exige algo más complejo: reconocer que existen desigualdades estructurales, estereotipos y relaciones de poder que afectan de manera distinta a hombres y mujeres (y a identidades diversas). En otras palabras, no basta con ser neutral; hay que ser consciente.

La perspectiva de género no busca privilegios, sino evitar que la supuesta neutralidad oculte injusticias. En “Una mujer fantástica”, esta diferencia se hace evidente en múltiples momentos.

1.Primero, en el trato institucional que recibe Marina. Cuando acude a las autoridades tras la muerte de su pareja, no es tratada como una víctima o una persona que necesita apoyo. Por el contrario, su identidad de género genera sospecha inmediata. Desde una lógica de “igualdad formal”, podría decirse que simplemente se está siguiendo un procedimiento. Pero en realidad, lo que ocurre es que los prejuicios están guiando la actuación institucional: Marina no es vista como un sujeto de derechos, sino como alguien que debe ser validado o cuestionado.

Aquí es donde la perspectiva de género resulta clave. Un juez o jueza que aplicara este enfoque entendería que la experiencia de Marina está atravesada por discriminaciones específicas. No la trataría como “un caso más”, porque no lo es. Ignorar ese contexto no es neutralidad: es invisibilización.

2. Un segundo momento revelador es el trato que recibe por parte de la familia de su pareja. Le prohíben asistir al velorio, la expulsan simbólicamente del duelo, la deslegitiman como compañera. Este rechazo no es solo personal, sino profundamente social: responde a una idea rígida de lo que “debe ser” una mujer o una relación válida.

Si este conflicto llegara a un escenario judicial —por ejemplo, en la discusión sobre derechos sucesorales, decisiones médicas o reconocimiento de la relación—, un enfoque sin perspectiva de género podría limitarse a aplicar normas de manera estricta, sin cuestionar los prejuicios subyacentes. En cambio, un enfoque con perspectiva de género permitiría identificar que detrás de esa exclusión hay discriminación, y que el derecho no puede ser cómplice de ella.

Trasladar esto a un proceso judicial real implica asumir una responsabilidad concreta: jueces y juezas no pueden limitarse a aplicar la ley de forma automática.

Juzgar con perspectiva de género significa, por ejemplo:

  • Identificar estereotipos que puedan afectar la valoración de los hechos o de las pruebas.
  • Reconocer contextos de discriminación estructural.
  • Evitar decisiones que, aunque aparentemente neutrales, reproduzcan desigualdades.

En el caso de Marina, un proceso judicial sin este enfoque podría cuestionar su credibilidad, minimizar su experiencia o incluso negar sus derechos por prejuicios implícitos. En cambio, un proceso con perspectiva de género buscaría garantizar su dignidad, su acceso a la justicia y su reconocimiento como sujeto pleno de derechos. Esto no implica favorecerla injustificadamente, sino evitar que el sistema la revictimice.

La historia de Marina nos enfrenta a una verdad incómoda: la justicia no siempre es ciega; a veces ve demasiado, pero mira mal.

Creer en la igualdad puede hacernos sentir tranquilos, como si bastara con aplicar las mismas reglas a todos. Pero la realidad es más compleja. Cuando las diferencias estructurales no se reconocen, la igualdad se convierte en una ilusión.

La pregunta, entonces, no es si el derecho debe ser neutral, sino si puede permitirse seguir siéndolo en un mundo desigual.

¿Estamos formando operadores jurídicos capaces de ver esas desigualdades, o seguimos enseñando a ignorarlas en nombre de una falsa imparcialidad?

Tráiler:

https://www.filmaffinity.com/es/evideos.php?movie_id=750940&dmplayersource=share-send

T0 dieron "Me gusta"Publicado en Antropología y Género, Derecho, Feminismo, Humanidades

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